EL PRESENTE ACUERDO MUTUO DE CONFIDENCIALIDAD («Acuerdo») se celebra en la fecha de la firma electrónica que figura a continuación.
ENTRE:
(1) FOX & WOLF C.B., con domicilio social en el Centro Comercial Flamenca Beach, Orihuela Costa, España («FOX & WOLF»)
(2) La parte abajo firmante («Destinatario»), cuyos datos se indican a continuación.
Denominadas conjuntamente «las Partes» y, cada una de ellas, «una Parte».
1. OBJETIVO
Las Partes desean estudiar la posibilidad de establecer una relación comercial en relación con los servicios de fabricación de fragancias para el hogar de marca blanca y/o marca propia («Objeto»). En relación con el Objeto, cada una de las Partes podrá revelar Información Confidencial a la otra.
2. DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Por «información confidencial» se entiende toda la información revelada por una de las Partes a la otra, ya sea de forma oral, por escrito, por medios electrónicos o por cualquier otro medio, que se refiera a la actividad comercial, los productos, los servicios, las operaciones o los asuntos de la Parte reveladora. Esto incluye, entre otros:
(a) Formulaciones, composiciones, recetas, mezclas y perfiles olfativos de fragancias;
(b) Bibliotecas de fragancias, catálogos de productos y listas de ingredientes;
(c) Procesos de fabricación, técnicas, métodos y especificaciones de equipos;
(d) Estructuras de precios, desgloses de costes, márgenes e información financiera;
(e) Nombres de proveedores, detalles de la cadena de suministro y acuerdos de abastecimiento;
(f) Listas de clientes, datos de ventas y redes de distribución;
(g) Estrategias de marketing, posicionamiento de marca y planes de negocio;
(h) Planes de desarrollo de productos, productos aún no lanzados e investigación;
(i) Cualquier otra información que una persona razonable consideraría confidencial dada la naturaleza de la información y las circunstancias de su divulgación.
3. OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA
La Parte Receptora se compromete a:
(a) Mantener toda la Información Confidencial en estricta confidencialidad y no revelarla a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la Parte Divulgadora;
(b) Utilizar la Información Confidencial exclusivamente para el Fin previsto y no para ningún otro fin;
(c) No copiará, reproducirá, someterá a ingeniería inversa, descompilará ni intentará de ningún otro modo derivar la composición o formulación de ningún producto o material proporcionado por la Parte Divulgadora;
(d) No utilizará la Información Confidencial para desarrollar, fabricar o encargar la fabricación de ningún producto que replique, imite o sea sustancialmente similar a cualquier producto o formulación de la Parte Divulgadora;
(e) Restringir el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados, agentes o asesores que tengan una necesidad genuina de conocerla para el Fin y que estén sujetos a obligaciones de confidencialidad no menos restrictivas que las contenidas en el presente documento;
(f) Notificar sin demora a la Parte Divulgadora cualquier uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial.
4. EXCLUSIONES
La información confidencial no incluye aquella que:
(a) Sea o pase a ser de dominio público sin culpa de la Parte receptora;
(b) Ya fuera conocida por la Parte receptora antes de su divulgación, tal y como lo demuestren los registros escritos;
(c) Haya sido desarrollada de forma independiente por la Parte receptora sin hacer referencia a la información confidencial;
(d) Haya sido revelada a la Parte Receptora por un tercero que no haya incumplido ninguna obligación de confidencialidad;
(e) Deba ser revelada en virtud de la ley, la normativa o una orden judicial, siempre que la Parte Receptora lo notifique por escrito y sin demora a la Parte Divulgadora para que esta pueda solicitar medidas cautelares.
5. NO SE CONCEDEN LICENCIAS NI DERECHOS
Ninguna disposición del presente Acuerdo otorga a la Parte receptora licencia alguna, derechos de propiedad intelectual ni participación en la propiedad de ninguna Información confidencial. Toda la Información confidencial seguirá siendo propiedad exclusiva de la Parte reveladora.
6. DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN
A petición por escrito de la Parte reveladora, o tras la finalización de las negociaciones entre las Partes, la Parte receptora deberá devolver o destruir sin demora toda la información confidencial, incluidas todas las copias, resúmenes y materiales derivados de la misma, y deberá confirmar dicha devolución o destrucción por escrito en un plazo de catorce (14) días.
7. PLAZO
El presente Acuerdo tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la fecha de su firma. Las obligaciones de confidencialidad seguirán vigentes tras la rescisión o la expiración del presente Acuerdo durante un período adicional de dos (2) años.
8. RECURSOS
Las Partes reconocen que cualquier incumplimiento del presente Acuerdo puede causar un perjuicio irreparable para el que una indemnización pecuniaria podría resultar una reparación insuficiente. En consecuencia, la Parte reveladora tendrá derecho a solicitar medidas cautelares y cualquier otra reparación prevista por la ley o en equidad, sin necesidad de demostrar la existencia de daños reales.
9. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española. Cualquier controversia que surja del presente Acuerdo o esté relacionada con él se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Alicante, España.
10. GENERAL
(a) El presente Acuerdo constituye el acuerdo íntegro entre las Partes en relación con el objeto del mismo y sustituye a todos los acuerdos, pactos y negociaciones anteriores.
(b) Ninguna modificación del presente Acuerdo será efectiva a menos que se realice por escrito y sea firmada por ambas Partes.
(c) Si alguna disposición del presente Acuerdo resultara inválida o inaplicable, las disposiciones restantes seguirán en pleno vigor y efecto.
(d) Ninguna de las Partes podrá ceder o transferir el presente Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte.
(e) El hecho de que cualquiera de las Partes no haga valer algún derecho en virtud del presente Acuerdo no constituirá una renuncia a dicho derecho.